La Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece varias medidas adicionales relacionadas con la prevención y ocupación en el transporte, recogidas en su Artículo 8.
Estas medidas, en vigor desde el 10 de noviembre, van dirigidas también al transporte público interurbano de viajeros, como son todas las rutas adscritas al Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga, y son más restrictivas cuanto mayor sea el nivel de alerta de las localidades afectadas.
En el caso de los municipios del ámbito de actuación del Consorcio, quedan divididos en los siguientes grupos (Actualización 24 noviembre):
- Nivel 3: Málaga, Almogía, Casabermeja, Colmenar, Rincón de la Victoria y Totalán.
Nivel 4: Alhaurín de la Torre, Alhaurín el Grande, Álora, Cártama, Benalmádena, Mijas, Pizarra, Torremolinos y Fuengirola.
Las medidas incluidas en el Artículo 8 son las siguientes:
- a) La ocupación máxima del transporte público competencia de la Junta de Andalucía, así como del resto de transporte regulado en la Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19, establecida para el nivel de alerta sanitaria 3 y 4, será de aplicación de forma equivalente para los niveles de alerta sanitaria grado 1 y 2 reforzado.
- b) A partir del nivel de alerta sanitaria 3 grado 1, incluido, se establece la obligación de colocar dispensadores de gel hidroalcohólico en las estaciones de autobuses, terminales marítimas, estaciones de las líneas de los servicios de ferrocarril metropolitanos competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el material móvil correspondiente.
- c) En todos los niveles de alerta sanitaria se procederá a la instalación de cartelería informativa en las estaciones de transporte público competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, indicando las principales medidas preventivas relacionadas con el uso de medidas de protección, distancias de seguridad en los andenes y escaleras, entre otras. De igual manera se procederá a la instalación de cartelería informativa equivalente en el material móvil con la recomendación de guardar silencio en el interior del transporte público.
- d) En todos los niveles de alerta sanitaria será obligatorio el cumplimiento de las medidas de limpieza y desinfección establecidas para el transporte público de competencia autonómica en las Órdenes de la Consejería de Salud y Familias de 29 de octubre y 19 de junio de 2020.
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